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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 26 de abril de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 190/2005-PS en que participó el presente criterio.

IV.3o.143 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208814
Clave de tesis
IV.3o.143 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 537

ROBO CON VIOLENCIA Y LESIONES. CASO EN QUE AMBOS ILICITOS EXISTEN.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 537

Precedentes

Amparo directo 839/94. Saturnino Moreno Avila. 11 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretaria: Angélica María Torres García. Nota: Por ejecutoria de fecha 26 de abril de 2006, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 190/2005-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 208814