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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 2 de julio de 2004, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 97/2004-SS en que participó el presente criterio.

I.1o.A.228 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208854
Clave de tesis
I.1o.A.228 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 556

SERVIDOR PUBLICO, BAJA DE. EL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION CARECE DE COMPETENCIA PARA CONOCER DEL ASUNTO SI LA BAJA NO SE DECRETO CON APOYO EN LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 556

Precedentes

Revisión fiscal 1281/93. Jaime Rojas Jiménez. 11 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Luz Cueto Martínez. Nota: Por ejecutoria de fecha 2 de julio de 2004, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 97/2004-SS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 208854