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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.165 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208859
Clave de tesis
VI.1o.165 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 557

SOCIEDAD CONYUGAL, LIQUIDACION DE LA. NO ESTA A CARGO DEL QUE OBTUVO SENTENCIA FAVORABLE EN EL JUICIO DE DIVORCIO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 557

Precedentes

Amparo en revisión 413/88. Roberto Hernández Romero. 31 de enero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Gilberto Cueto López.
Registro digital (IUS): 208859