Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/208876
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.850 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208876
Clave de tesis
I.4o.A.850 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 565

SUSPENSION DEFINITIVA. LA CONCEDIDA PARA QUE SE CONTINUE CON EL USO DE UNA MARCA CONTROVERTIDA NO LIMITA LA ACTUACION DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 565

Precedentes

Incidente en revisión 2584/94. Club de Leones de la República Mexicana, A. C. 22 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Emilio Hassey Domínguez.
Registro digital (IUS): 208876