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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.3o.C.321 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208898
Clave de tesis
III.3o.C.321 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 577

TERCEROS EXTRAÑOS EN LOS JUICIOS MERCANTILES. AL NOTIFICARSELES CUALQUIER RESOLUCION ES FORZOSO SE LES ENTREGUE EL INSTRUCTIVO CORRESPONDIENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 577

Precedentes

Amparo en revisión 829/94. Ramiro Silva de la Madrid, apoderado de Banca Cremi, S.A. 12 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Figueroa Cacho. Secretaria: Alba Engracia Bugarín Campos.
Registro digital (IUS): 208898