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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.1o.43 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208947
Clave de tesis
VI.1o.43 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 600

VIOLACION DE PROCEDIMIENTO. LA NEGATIVA A SUSPENDER LA AUDIENCIA DE OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS, ENCUADRA EN EL ARTICULO 159 FRACCION VI DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 600

Precedentes

Amparo directo 282/88. Carlos Manuel Tarango Gutiérrez. 21 de septiembre de 1988. Mayoría de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Disidente: Carlos Gerardo Ramos Córdova. Secretario: Martín Amador Ibarra.
Registro digital (IUS): 208947