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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.6o.T.95 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
208962
Clave de tesis
I.6o.T.95 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 609

VIOLACIONES PROCESALES, EXISTEN LAS SI LA JUNTA OMITE PROVEER SOBRE EL DESAHOGO DEL PERFECCIONAMIENTO DE UNA PRUEBA QUE ADMITIO AL OFERENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 609

Precedentes

Amparo directo 1166/91. Refugio Rodríguez Flores. 27 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: María Marcela Ramírez Cerrillo. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.6o.T. J/36, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, abril de 2001, página 1016, de rubro: "VIOLACIONES PROCESALES. SE CONSTITUYEN SI LA JUNTA OMITE PROVEER SOBRE EL DESAHOGO DEL PERFECCIONAMIENTO DE UNA PRUEBA QUE ADMITIÓ AL OFERENTE."
Registro digital (IUS): 208962