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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.T.268 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209010
Clave de tesis
III.T.268 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 142

AGUINALDO, INCAPACIDAD PROVENIENTE DEL RIESGO DE TRABAJO, DEBE COMPUTARSE PARA LOS EFECTOS DEL PAGO DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 142

Precedentes

Amparo directo 497/94. Alejandro Ramos López. 25 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: Antonio Valdivia Hernández. Nota: Esta tesis aparece en Séptima Epoca, Quinta Parte, Vol. 109-114. página 10, del Semanario Judicial de la Federación. Véase: Apéndice 1917-1985, Cuarta Sala, tesis relacionada con la Jurisprudencia número 17, página 17, del Semanario Judicial de la Federación.
Registro digital (IUS): 209010