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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.2o.60 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209012
Clave de tesis
IV.2o.60 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 143

AMPARO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION. ES IMPROCEDENTE CUANDO SE DECLARA FUNDADO EL INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 143

Precedentes

Amparo en revisión 291/94. Eustacio Cura Coronado. 18 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Omar René Gutiérrez Arredondo.
Registro digital (IUS): 209012