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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.8o.C.91 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209050
Clave de tesis
I.8o.C.91 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 165

DAÑOS Y PERJUICIOS. IMPROCEDENCIA DE SU RECLAMACION POR GASTOS DE JUICIO Y HONORARIOS DE ABOGADOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 165

Precedentes

Amparo directo 700/94. Hugo Francisco Jaime Bravo Malpica. 14 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.
Registro digital (IUS): 209050