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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.793 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209087
Clave de tesis
I.4o.A.793 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 191

IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA. NO SE ACREDITAN ESTOS EXTREMOS POR LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE SE PONGA EN DUDA LA HONORABILIDAD DE UN SERVIDOR PUBLICO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 191

Precedentes

Revisión fiscal 404/94. Director de Asuntos Judiciales de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (Jorge Rubalcava Manrique de Lara). 27 de abril de 1994. Mayoría de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Disidente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretario: Luis Enrique Ramos Bustillos.
Registro digital (IUS): 209087