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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.1o.A.158 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209091
Clave de tesis
III.1o.A.158 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 194

INCONFORMIDAD PREVISTA POR EL ARTICULO 432 DE LA DEROGADA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA. ATRIBUCIONES DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO AL RESPECTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 194

Precedentes

Amparo directo 37/94. Javier Pelayo Arechiga. 7 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ramón Medina de la Torre. Secretario: Manuel Andrade Aceves.
Registro digital (IUS): 209091