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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIV.1o. 6 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209122
Clave de tesis
XIV.1o. 6 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 238

ORDEN DE APREHENSION, NO CESAN SUS EFECTOS POR CAMBIO DE SITUACION JURIDICA DEL QUEJOSO, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL SEGUNDO PARRAFO, ADICIONADO A LA FRACCION X DEL ARTICULO 73 DE LA LEY DE AMPARO, POR DECRETO DE 10 DE ENERO DE 1994.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 238

Precedentes

Amparo en revisión 626/94. Renán Oswaldo Marrufo Bolio. 2 de febrero de 1995. Ponente: Adolfo Olguín García. Secretaria: Dora Isela Solís Sandoval.
Registro digital (IUS): 209122