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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XII.2o.47 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209131
Clave de tesis
XII.2o.47 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 245

PERSONALIDAD, EXAMEN DE LA, POR EL TRIBUNAL DE APELACION. (LEGISLACION DE SINALOA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 245

Precedentes

Amparo directo 150/94. Agustín Cristerna González. 31 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretario: José Humberto Robles Erenas. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia XII.2o. J/2, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, Marzo de 1996, página 790, de rubro: "PERSONALIDAD, EXAMEN DE LA, POR EL TRIBUNAL DE APELACION. (LEGISLACION DE SINALOA)."
Registro digital (IUS): 209131