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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.C.767 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209136
Clave de tesis
I.3o.C.767 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 247

PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, CUANDO ES PARTE EN UNA CONTROVERSIA JUDICIAL, SERAN COMPETENTES PARA CONOCER DE LA MISMA LOS TRIBUNALES FEDERALES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 247

Precedentes

Amparo en revisión 53/95. Procuraduría Federal del Consumidor. 19 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Miguel Vélez Martínez.
Registro digital (IUS): 209136