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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.2o.69 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209144
Clave de tesis
IV.2o.69 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 251

PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER EN EL JUICIO AGRARIO. LA FACULTAD DEL TRIBUNAL ORDINARIO NO ES OMNIMODA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 251

Precedentes

Amparo directo 888/94. María de la Luz López viuda de Manrique. 25 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Omar René Gutiérrez Arredondo.
Registro digital (IUS): 209144