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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII.2o.C.32 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209166
Clave de tesis
VII.2o.C.32 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 267

SOCIEDAD CONYUGAL. BIENES ADJUDICADOS POR HERENCIA, FORMAN PARTE DE LA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 267

Precedentes

Amparo en revisión 62/94. Marcos Pérez Córdoba, albacea de la sucesión intestamentaria a bienes de Sebastián Pérez Suárez. 14 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Agustín Romero Montalvo. Secretario: Darío Morán González. Notas: Por ejecutoria de fecha 28 de marzo de 2001, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 112/2000 en que participó el presente criterio. El Tribunal Colegiado se apartó del criterio sostenido en esta tesis, según se desprende de la que con el número VII.2o.C.90 C, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XX, noviembre de 2004, página 2027, de rubro "SOCIEDAD CONYUGAL. BIENES ADJUDICADOS POR DONACION, HERENCIA O LEGADO, NO FORMAN PARTE DEL NUCLEO SOCIAL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ)."
Registro digital (IUS): 209166