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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.A. 590 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209179
Clave de tesis
I.3o.A. 590 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 273

SUSPENSION. NO PROCEDE CONCEDER LA MEDIDA CAUTELAR RESPECTO A LA ORDEN DE PUBLICACION DE LA SOLICITUD DE UNA CONCESION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 273

Precedentes

Amparo en revisión 3093/94. T.V. Cable de León, S.A. de C.V. 19 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretaria: Silvia Elizabeth Morales Quezada.
Registro digital (IUS): 209179