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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.3o. 223 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209183
Clave de tesis
VI.3o. 223 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 277

TERCERO PERJUDICADO. TIENE ESTE CARACTER EL INCULPADO CUANDO SE RECLAMA LA RESOLUCION DE LA AUTORIDAD JUDICIAL DEL ORDEN PENAL QUE NIEGA AL OFENDIDO LA RESTITUCION EN EL GOCE DEL BIEN O DERECHO DE QUE AFIRMA FUE PRIVADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 277

Precedentes

Amparo en revisión 587/94. Matilde López Rivero de Miracles. 19 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores.
Registro digital (IUS): 209183