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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o. 314 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209190
Clave de tesis
VI.2o. 314 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 280

TRIBUNAL FISCAL. CARECE DE COMPETENCIA PARA JUZGAR SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-1, Febrero de 1995; Pág. 280

Precedentes

Amparo directo 203/91. Comercial Eléctrica de Tuxpan, S.A. 4 de junio de 1991. Mayoría de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Disidente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Registro digital (IUS): 209190