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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.2o.A.27 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209301
Clave de tesis
I.2o.A.27 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 173

IMPEDIMENTO. LAS CAUSAS DE, PREVISTAS EN EL ARTICULO 66 DE LA LEY DE AMPARO SON DE APLICACION ESTRICTA Y LIMITATIVA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 173

Precedentes

Impedimento 2/94. Seguros de México, S.A. Grupo Financiero Inbursa. 15 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Antonieta Azuela de Ramírez. Secretaria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco.
Registro digital (IUS): 209301