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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXII.8 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209302
Clave de tesis
XXII.8 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 174

IMPUTABLE. EDAD LOS AÑOS SE DETERMINAN POR DIAS Y NO POR HORAS O MINUTOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 174

Precedentes

Amparo en revisión 275/94. José Alfredo Linares Vázquez. 8 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Augusto Benito Hernández Torres. Secretario: Ramiro Rodríguez Pérez.
Registro digital (IUS): 209302