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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.300 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209304
- Clave de tesis
- XX.300 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 175
INCIDENTE DE SUSPENSION. LAS PRUEBAS APORTADAS EN EL PRINCIPAL SI SE SOLICITA SU COMPULSA SURTE EFECTOS EN EL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 175
Es inexacto que no sea necesario solicitar la compulsa de los documentos que obran en el juicio principal para que sean tomados en cuenta en el incidente de suspensión, en razón de que, los autos incidentales se tramitan por cuerda separada y por ende, las pruebas aportadas en el principal no pueden surtir efectos en el incidente, salvo que se solicite su compulsa.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Incidente en revisión 457/94. Roderico Espinoza Velázquez. 17 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Víctor Alberto Jiménez Santiago.