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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII.P.133 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209310
Clave de tesis
VII.P.133 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 182

LEGITIMA DEFENSA, RIÑA EXCLUYE LA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 182

Precedentes

Amparo directo 489/94. Jesús Reséndiz Zúñiga. 15 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: Leticia López Vives. Amparo directo 420/94. Valentín Sánchez García, en su carácter de defensor voluntario de Carmelo Córdoba Leonardo. 11 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Alfonso Pérez y Pérez. Secretaria: María de Lourdes Juárez Sierra. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VII.P. J/13, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, Junio de 1996, página 649, de rubro: "LEGITIMA DEFENSA, RIÑA EXCLUYE LA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ)."
Registro digital (IUS): 209310