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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.9o.T.84 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209362
Clave de tesis
I.9o.T.84 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 217

SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, EN UN JUICIO DE AMPARO DIRECTO, SOLO SE ATIENDEN LAS PRUEBAS QUE OBRAN EN EL EXPEDIENTE NATURAL PARA RESOLVER EL INCIDENTE DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 217

Precedentes

Queja 349/94. Autotransportes Tuxtla Gutiérrez, S. A. de C. V. 9 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.
Registro digital (IUS): 209362