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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.T.267 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209370
Clave de tesis
III.T.267 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 222

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, IMPROCEDENCIA DE LA PRORROGA DEL NOMBRAMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Febrero de 1995; Pág. 222

Precedentes

Amparo directo 420/94. María Clara de las Mercedes Ramírez Martínez. 17 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Miguel Angel Regalado Zamora. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia III.1o.T. J/59, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, mayo de 2004, página 1683, de rubro: "TRABAJADORES POR TIEMPO DETERMINADO AL SERVICIO DEL ESTADO DE JALISCO. AUNQUE SUBSISTA LA MATERIA QUE DA ORIGEN A SU NOMBRAMIENTO, ÉSTE NO PUEDE PRORROGARSE CON BASE EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO."
Registro digital (IUS): 209370