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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VIII.1o. 57 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209419
Clave de tesis
VIII.1o. 57 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 183

AGRARIO. SI EL DEMANDADO EN LA ACCION DE RESTITUCION DE TIERRAS, NIEGA LA POSESION EN NOMBRE PROPIO, DEBE LLAMARSE A QUIEN LA DETENTA REALMENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 183

Precedentes

Amparo directo 486/94. María Cueto Graciano viuda de Franco. 24 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretario: Fernando O. Villarreal Delgado.
Registro digital (IUS): 209419