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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 265 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209434
Clave de tesis
XX. 265 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 192

AUTO QUE NIEGA LA DEVOLUCION DE UN VEHICULO EN UN JUICIO PENAL FEDERAL. DEBE AGOTARSE ANTES EL RECURSO DE REVOCACION PARA QUE PROCEDA EL JUICIO DE GARANTIAS CONTRA EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 192

Precedentes

Amparo en revisión 329/94. Felipe de Jesús Gómez Hernández y otra. 1o. de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Víctor Alberto Jiménez Santiago.
Registro digital (IUS): 209434