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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.2o. 42 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209446
Clave de tesis
XIX.2o. 42 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 199

CLASIFICACION DEL DELITO. VARIACION EN SEGUNDA INSTANCIA DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 199

Precedentes

Amparo directo 367/94. Marco Antonio Reyna Guzmán. 11 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Sergio Arturo López Servín.
Registro digital (IUS): 209446