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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.5o.C. 367 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209462
Clave de tesis
I.5o.C. 367 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 209

CONTRATOS BILATERALES, CUMPLIMIENTO DE LOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 209

Precedentes

Amparo directo 5745/94. Graciela Herrera de Lozano. 2 de diciembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Adriana Alicia Barrera Ocampo. Secretario: David Solís Pérez. Amparo directo 6259/90. Luis Hurtado de Mendoza y otros. 28 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio M. Cal y Mayor Gutierrez . Secretario: Adalid Ambriz Landa.
Registro digital (IUS): 209462