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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III.2o.P. 46 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209468
Clave de tesis
III.2o.P. 46 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 216

DEFENSOR. NO EXISTE DISPOSICION LEGAL ALGUNA RESPECTO DEL TERMINO PARA SU NOMBRAMIENTO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 216

Precedentes

Amparo directo 243/94. Pascual Reynoso Gutiérrez. 13 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Vázquez Marín. Secretario: Ernesto Antonio Martínez Barba.
Registro digital (IUS): 209468