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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VIII.1o. 54 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209508
Clave de tesis
VIII.1o. 54 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 245

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO DIRECTO. CUANDO SE SEÑALA SOLO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE A LA SALA REGIONAL NORTE CENTRO DEL TRIBUNAL FISCAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 245

Precedentes

Amparo directo 330/94. Petróleos Mexicanos. 27 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretario: Roberto Rodríguez Soto. Amparo directo 386/94. Entidad Manuel F. Mora Sucesores, S. C. 26 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Arroyo Montero. Secretario: Julio Jesús Ponce Gamiño. Amparo directo 455/93. José Luis Galván Valdez. 7 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretario: Fernando O. Villarreal Delgado.
Registro digital (IUS): 209508