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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o. 114 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209510
Clave de tesis
VI.2o. 114 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 246

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LA AUTORIDAD FISCAL PUEDE ESTIMAR EN CUALQUIER MOMENTO EL QUE DEBEN PAGAR LOS CONTRIBUYENTES MENORES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 246

Precedentes

Revisión fiscal 18/88. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 18 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Registro digital (IUS): 209510