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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XVII.2o. 12 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209519
Clave de tesis
XVII.2o. 12 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 253

JUICIO PRIVATIVO DE DERECHOS AGRARIOS Y JUICIO SUCESORIO AGRARIO, TIENEN NATURALEZA DISTINTA, POR LO QUE DEBEN RESOLVERSE INDEPENDIENTEMENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 253

Precedentes

Amparo directo 144/94. Carmen Rodríguez Camacho viuda de Escárcega. 4 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretaria: Blanca Estela Quezada Rojas. Amparo directo 286/94. Adán Jáquez Granillo. 7 de julio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Gómez Molina. Secretaria: Olga Cano Moya.
Registro digital (IUS): 209519