Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/209524
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.3o. 185 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209524
Clave de tesis
VI.3o. 185 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 256

LEGITIMA DEFENSA, NECESIDAD RACIONAL DEL MEDIO EMPLEADO, NO SE DEMUESTRA SI EL ACTIVO SE ENCONTRABA EN ESTADO DE EBRIEDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 256

Precedentes

Amparo directo 371/94. Juan Alonso Flores. 23 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Manuel Marroquín Zaleta. Secretario: Othón Manuel Ríos Flores.
Registro digital (IUS): 209524