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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.P. 137 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209580
Clave de tesis
I.3o.P. 137 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 299

REINCIDENCIA; EFECTOS DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 299

Precedentes

Amparo directo 1463/94. Hugo Gerardo Mariel Castillo. 29 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Gortari Jiménez. Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco. Amparo directo 495/94. José Ramírez Martínez. 29 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Gortari Jiménez. Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco. Amparo directo 491/94. Jimmy Alberto Guzmán Sánchez. 29 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Gortari Jiménez. Secretaria: Martha Yolanda García Verduzco. Amparo directo 479/94. José Rodríguez Olguín. 15 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix. Secretario. Ignacio Manuel Cal y Mayor García.
Registro digital (IUS): 209580