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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 129 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209619
- Clave de tesis
- XX. 129 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 320
TRABAJOS TECNICOS INFORMATIVOS. NO AFECTA AL INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO EL ACTO RECLAMADO QUE SE HACE CONSISTIR.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 320
Si el acto reclamado únicamente implica la realización de investigación de carácter netamente técnicos informativos que no entrañan, por sí mismos, privación o afectación agraria; tal circunstancia no irroga ninguna lesión o perjuicio al interés jurídico del quejoso, lo que en todo caso, podría emerger con la resolución que en su oportunidad llegara a pronunciar la autoridad agraria correspondiente, y, por tanto, se actualiza la hipótesis normativa prevista por la fracción V, del artículo 73, de la Ley de Amparo, por lo que, lo procedente es, en términos del artículo 74, fracción III, del ordenamiento legal invocado, sobreseer en el juicio de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 381/94. Minerva María Barbosa Montes. 14 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente. Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Rafael León González.