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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II.1o.C.T. 173 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209622
Clave de tesis
II.1o.C.T. 173 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 325

VIOLACION, DELITO DE. CUANDO LA MENOR OFENDIDA LO DENUNCIA AÑOS MAS TARDE. (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 325

Precedentes

Amparo directo 511/94. Román García Martínez. 1o. de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Alejandro García Gómez.
Registro digital (IUS): 209622