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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VIII.1o. 44 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209623
Clave de tesis
VIII.1o. 44 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 325

VIOLACION PROCESAL CONSENTIDA, CUANDO EL PROPIO INCULPADO SOLICITA SE DECRETE CERRADA LA INSTRUCCION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV, Enero de 1995; Pág. 325

Precedentes

Amparo directo 207/94. Nolberto Vitela Hernández. 27 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Antonio García Guillén. Secretario: Francisco J. Rocca Valdez.
Registro digital (IUS): 209623