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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. A. 578 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209661
Clave de tesis
I. 3o. A. 578 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 324

ACTO CONSUMADO DE MODO REPARABLE. LO CONSTITUYE EL ACUERDO DE 4 DE JULIO DE 1994 QUE EMITIO EL DEPARTAMENTO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DEL PALACIO DE JUSTICIA FEDERAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 324

Precedentes

Queja 493/94. Jefe de Seguridad y Vigilancia del Palacio de Justicia Federal y otras autoridades. 14 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretaria: Rosalba Becerril Velázquez.
Registro digital (IUS): 209661