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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. A. 369 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209717
Clave de tesis
I. 2o. A. 369 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 366

DEMANDA FISCAL. CUANDO SE ESTA EN EL CASO DE INDICAR LA CLAVE EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, EN LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 366

Precedentes

Amparo directo 1682/94. Constructora Mercedes, S.A. de C.V. 21 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Antonieta Azuela de Ramírez. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada. Amparo directo 1392/94. Densímetros Robsan, S.A. de C.V. 30 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Antonieta Azuela de Ramírez. Secretaria: Guadalupe Margarita Ortiz Blanco. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.A. J/3, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo II, septiembre de 1995, página 431, de rubro: "DEMANDA FISCAL. CUANDO SE ESTA EN EL CASO DE INDICAR LA CLAVE EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, EN LA."
Registro digital (IUS): 209717