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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV. 3o. 134 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209718
Clave de tesis
IV. 3o. 134 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 367

DEMANDA MERCANTIL. FALTA DE CONTESTACION DE LA. DEBE REGIRSE POR EL PROCEDIMIENTO COMUN.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 367

Precedentes

Amparo directo 672/92. María Hernández de Fabela y otro. 31 de marzo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Angel Torres Zamarrón.
Registro digital (IUS): 209718