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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V. 1o. 74 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209755
Clave de tesis
V. 1o. 74 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 390

INCONSTITUCIONALIDAD, ARTICULO 242 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 390

Precedentes

Amparo directo 191/94. Jorge Aretos Barrera. 22 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Elsa del Carmen Navarrete Hinojosa. Secretario: Gregorio Moisés Durán Alvarez.
Registro digital (IUS): 209755