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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. P. 132 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209765
- Clave de tesis
- I. 3o. P. 132 P
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 397
JORNADAS DE TRABAJO. DEBEN PRECISARSE EN LA SENTENCIA LAS JORNADAS A IMPONER PARA SUSTITUIR LA MULTA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 397
El artículo 29 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia Federal, determina en los párrafos cuarto y quinto que la multa podrá ser sustituida para el caso de insolvencia del sentenciado, por jornadas de trabajo no remuneradas en favor de la comunidad y que cada jornada de trabajo saldará un día multa, entendiéndose que la sentencia que establece tal sustitutiva de multa por jornadas de trabajo, debe ser específica en cuanto a su aplicación, determinándose con precisión las jornadas de trabajo que se van a señalar como sustitutiva, ya que la falta de tal determinación deja al quejoso en estado de indefensión, frente a la autoridad ejecutora.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 437/93. Martha Isabel Zepeda Arzate. 13 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Gortari Jiménez. Secretaria: Martha Y. García Verduzco.
Amparo directo 545/93. Catalina Maldonado Velona. 14 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Morales Cruz. Secretario: Santiago F. Rodríguez Hernández.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.3o.P. J/20, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, enero de 2007, página 2141, con el rubro: "JORNADAS DE TRABAJO. DEBEN PRECISARSE EN LA SENTENCIA LAS JORNADAS A IMPONER PARA SUSTITUIR LA MULTA."