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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI. 2o. 26 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209774
Clave de tesis
XXI. 2o. 26 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 402

LEGITIMACION PROCESAL ACTIVA EN EL JUICIO DE AMPARO LABORAL. CARECE DE ELLA EL SECRETARIO GENERAL DE UN SINDICATO, SI EL PERIODO PARA EL CUAL FUE ELECTO FENECIO ANTES DE PRESENTAR LA DEMANDA DE GARANTIAS, A PESAR DE QUE LA JUNTA RESPONSABLE LE HAYA RECONOCIDO PERSONALIDAD CON ESE CARACTER.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 402

Precedentes

Amparo directo 354/94. Sindicato Revolucionario de Trabajadores de la Industria Gastronómica, Hotelera, Centros Recreativos, Bares, Similares y Conexos del Estado de Guerrero. 4 de noviembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Eusebio Avila López.
Registro digital (IUS): 209774