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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 6o. C. 152 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209784
Clave de tesis
I. 6o. C. 152 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 409

NOTIFICACIONES. LAPSO QUE DEBE MEDIAR ENTRE EL CITATORIO Y LAS DILIGENCIAS DE EMPLAZAMIENTO Y EMBARGO EN MATERIA MERCANTIL. SE DEBEN APLICAR LAS NORMAS DEL DERECHO COMUN, EN LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 409

Precedentes

Amparo en revisión 1506/94. Francisco Javier Cuevas Montes y otra. 7 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique R. García Vasco. Secretario: Rogelio Saldaña Hernández.
Registro digital (IUS): 209784