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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 1o. 97 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209788
Clave de tesis
II. 1o. 97 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 413

OBJECION DEL DOCUMENTO POR EL FIRMANTE. VALOR PROBATORIO DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 413

Precedentes

Amparo directo 586/94. Miguel Mendoza Polo. 25 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Ceja Villaseñor. Secretario: Leonel F. Rangel Maldonado.
Registro digital (IUS): 209788