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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XII. 2o. 18 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209801
Clave de tesis
XII. 2o. 18 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 421

PRUEBAS, APRECIACION DE LAS. POR LOS TRIBUNALES AGRARIOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 421

Precedentes

Amparo directo 573/93. Albertina Camacho García. 26 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Abraham S. Marcos Valdés. Secretario: Manuel González Díaz. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia XII.2o. J/11, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VIII, octubre de 1998, página 1036, de rubro: "PRUEBAS, APRECIACIÓN DE LAS. POR LOS TRIBUNALES AGRARIOS."
Registro digital (IUS): 209801