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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 294 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209809
Clave de tesis
XX. 294 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 431

RECURSO DE QUEJA POR DEFECTO EN LA EJECUCION DE UN FALLO DE GARANTIAS. SALVO QUE CUENTE CON LA AUTORIZACION EXPRESA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, EL SECRETARIO ENCARGADO DEL JUZGADO DE DISTRITO POR VACACIONES DEL TITULAR NO PUEDE RESOLVER EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 431

Precedentes

Queja 31/94. Miguel Bolaños Gordillo. 25 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Luis Armando Mijangos Robles.
Registro digital (IUS): 209809