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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI. 1o. 38 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209816
Clave de tesis
XXI. 1o. 38 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 435

RESOLUCIONES DE ASAMBLEAS EJIDALES, INMODIFICABILIDAD DE LAS. NUEVA LEY AGRARIA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 435

Precedentes

Amparo directo 272/94. Julián Gómez Rentería, Gerardo Tapia Palacios y David Aveldáñez Santana. 11 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Roberto Cantú Barajas. Secretario: José Alberto Montoya Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 209816